viernes, 4 de junio de 2010

Derecho Civil

El derecho civil es la rama más antigua del derecho privado. En sus orígenes fue la única rama del derecho privado, abarcaba todo lo que refería a ese plano.

Posteriormente, con el paso del tiempo, de él se fueron desprendiendo otras ramas nuevas, (comercial, laboral, familia, agrario, aeronáutico, informático, registral, etc.), es por ello que es conocido como ¨derecho madre¨.

A su vez el dereccho civil sigue conservando cierta primacía dentro del derecho privado, ya que cuando en alguna de esas otras ramas del derecho privado, se produce un vacío legal, o sea faltan normas, o bien cuando las normas existentes no son lo suficientemente claras, se recurre a los principios generales del derecho civil, para su resolución; es por ello que es conocido también como ¨derecho de fondo¨.

Es común, pero no correcto, identificar al derecho civil con el código civil. Es un derecho codificado, ya que su columna vertebral está dada por el código civil, pero existen miles de leyes de caracter civil que son parte de esta rama del derecho privado.

Del código civil podemos tomar el amplísimo contenido del derecho civil. Por eso vamos a ver ahora como se estructura el código.

Luego de una parte general, en la cual se incluyen los principios generales que rigen al derecho civil, encontramos una división en cuatro libros.

El libro primero, se titula ¨de las personas¨, y su contenido es: de los distintos tipos de personas civiles; del domicilio de las personas físicas; del estado civil: de la ausencia; de los esponsales; del matrimonio; de la separación de cuerpos; del divorcio; de los institutos de protección, (patria potestad, tutela y curatela). No solo abarca aspectos del derecho civil, sino que también existen contenidos del derecho de familia.

La referencia del código a las personas jurídicas es mínima, tan solo en el art. 21, expresa que son también personas, y por ende capaces de derechos y obligaciones, el Estado, el fisco, la iglesia ..... y todas aquellas instituciones, organizaciones y coorporaciones reconocidas expresamente por las autoridades. Es por ello que toda la normativa que regula a las personas jurídicas las encontramos en diversas leyes, extra código.

El libro segundo, se denomina ¨de los bienes y del dominio o propiedad¨. En este título se incluyen, dentro del tema de los bienes la clasificación de los distintos tipos de bienes que existe, por ejemplo, bienes corporales o incorporales, y a su vez las diferentes clasificaciones, como ser bienes muebles e inmubles, fungibles y no fungibles, públicos y privados, etc. Dentro del tema del dominio o propiedad, (es la posibilidad de disponer y gozar arbitrariamente de los bienes), se incluyen temas tales como usufructo, uso y habitación; de las servidumbres, (legales o voluntarias), de la posesión; y de la reivindicación.

El libro tercero se denomina ¨de los modos de adquirir el dominio¨ . En él se estudian los diferentes modos de adquirir el dominio que existen: ocupación, acccesión, tradición, sucesión por causa de muerte y prescripción. Se desarrollan los diferentes modos de adquirir el dominio sobre los bienes con especial desarrollo de los dos más comunes, la tradición y la sucesión por causa de muerte, (dentro de esta se estudia la testada e intestada).

De la ocupación se estudia aspectos tales como la caza y la pesca, y del hallazgo y la invensión.

En lo que refiere a la accesión se estudia lo referente al producto de las cosas, de los bienes muebles, de la adjunción, de la especificación y de la conmixión.

En lo que a la tradición refiere se puede encontrar lo referente a la tradición real, y la ficta, de los requisitos y efectos de ésta.

En cuanto a la sucesión se divide en dos, la testada e intestada. La testada estudia los diferentes tipos de testamento, los herederos, las legítimas, las asignaciones, y la revocación y feforma del testamento. Luego, sobre la sucesión intestada se incluyen las disposiciones genralesa todas las sucesiones intestadas, y orden de llamamiento. Posteriormente se incluyen temas comunes a todas las sucesiones sean testadas o intestadas> acrecimiento, repudio de herencia, beneficio de inventario, de la colación y partición; y del pago de las deudas hereditarias.

Referente a la prescripción como forma de adquirir el dominio, encontramos las disposiciones relativas a la prescripción de bienes muebles e inmuebles; y a las causas que interrumpen y/o la suspenden.

El libro cuatro, se denomina ¨de las obligaciones¨, el cual se divide en dos partes. En la primera parte encontramos las obligaciones en general, y dentro de esta parte, encontraremas la definición y fuentes de obligación. Luego se procede al análisis de cada una de las fuentes de obligaciones, la ley, los contratos, los quasi-contratos y los delitos o quasi-delitos civiles; de los diversos tipos de obligaciones, (dar, hacer y no hacer); de los modos de extinguirse las obligaciones; y la prueba de las obligaciones.

La segunda parte, hace referencia especifica a los contratos nominados en particular, por ejemplo: las donaciones; la compraventa; la permuta; la cesión de creditos y derechos hereditarios; el arrendamiento; el censo; contratos sociales; la sociedad conyugal; el mandato; la fianza; la transacción; el préstamo; el depósito; la prenda; la hipoteca; la anticresis; la cesión de bienes; los créditos privilegiados; y contratos aleatorios. Además de éstos se deben estudiar otros contratos que se encuentrar regulados en leyes separadas, contrato de garage, de hotel, de tiempos compartidos, entre otros. A contratos como los deportivos que no son nominados se le deben aplicar normas relativas a otros contratos a efectos de sustituir esa carencia del derecho positivo.

El código civil finaliza con un título denominado ¨de la observancia de este código¨ y lo conserniente a las normas transitorias y apéndice del código.

En términos muy generales este es el contenido del derecho civil, estudiado a través del código, pero volviendo a expresar que no es lo mismo derecho civil que código civil.

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